¿Cuáles son los requisitos para beneficiarse de la exención del impuesto de matriculación?

El requisito esencial para poder aprovechar esta exención es que la embarcación se afecte efectiva y exclusivamente al ejercicio de actividades de alquiler. Adicionalmente y como requisito censal, las personas (físicas o jurídicas) que quieran dedicarse al chárter de embarcaciones tienen que darse de alta en el correspondiente epígrafe del IAE (en concreto, en el epígrafe 855.2).